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Calculadora de factura de autónomo (IVA y retención IRPF)

Calcula cuánto cobras en una factura profesional después de sumar el IVA y restar la retención de IRPF.

Año fiscal: 2026 · Última actualización: 22/10/2026 · Fuente oficial: Reglamento del IRPF (RD 439/2007), art. 101 – BOE · Ley 35/2006 del IRPF, art. 101 – BOE · Ley 37/1992 del IVA, arts. 90 y 91 (BOE) · Agencia Tributaria: tipos impositivos del IVA
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Orientativo, no reemplaza a un contador. Cálculo simplificado con los parámetros oficiales indicados; tu caso puede tener deducciones, créditos o regímenes especiales no contemplados.

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Detalle del cálculo

¿Cómo se hace una factura de autónomo?

Cuando un profesional (actividades del IAE de profesionales: consultores, diseñadores, abogados, programadores, etc.) factura a una empresa u otro autónomo, debe sumar el IVA y restar una retención de IRPF que el cliente ingresa en Hacienda a cuenta de tu renta. La retención general es del 15%; durante el año de inicio de actividad y los dos siguientes puedes aplicar el 7%, siempre que no hayas ejercido actividad profesional el año anterior.

Total = Base + IVA − Retención IRPF

Ejemplo: una base de 1.000 € con IVA del 21% y retención del 15% da 1.000 + 210 − 150 = 1.060 €.

¿Cuándo no hay retención?

Si facturas a particulares no se aplica retención. Tampoco en la mayoría de actividades empresariales (comercio, hostelería), salvo módulos u otros casos concretos. Otras retenciones especiales (por ejemplo, el 19% de algunos rendimientos o el 2% de ciertas actividades agrarias) no están incluidas.

Qué haces con el IVA y la retención

El IVA cobrado lo declaras cada trimestre en el modelo 303; la retención la ingresa el cliente y luego te la restas en la declaración de la renta. Si no te practican retención, puede que debas hacer pagos fraccionados (modelo 130).

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Preguntas frecuentes

¿Cuál es la retención de un autónomo profesional?

El 15% general, o el 7% el año de alta y los dos siguientes.

¿Se aplica retención a particulares?

No, solo cuando el cliente es empresa o profesional.

¿Cómo se calcula el total?

Base + IVA − retención.